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jueves, diciembre 24, 2009

Campos de golf ecológicos

La práctica del golf se ha convertido en los últimos años en una importante fuente de ingresos para los sectores turístico e inmobiliario. Se calcula que unas 800.000 personas visitan cada año España para practicar este deporte en los casi 300 campos repartidos en todas las comunidades autónomas.

La legislación impone a estas instalaciones unas determinadas condiciones a fin de evitar posibles daños al medio ambiente. A pesar de ello, los grupos ecologistas consideran que los campos de golf producen un fuerte impacto ambiental porque ocupan grandes extensiones de terreno, conllevan la creación de nuevos núcleos urbanos, utilizan fertilizantes y plaguicidas poco ecológicos, y especialmente, porque consumen grandes cantidades de agua, algo especialmente grave en un país con problemas de sequía. Según la organización conservacionista WWF/Adena, los campos de golf de la costa mediterránea constituyen un "riesgo medioambiental creciente": cada uno de ellos gasta el volumen de agua equivalente a una ciudad de 12.000 habitantes.

Por su parte, los defensores de estas instalaciones aseguran que no gastan agua potable, sino aguas residuales que reutilizan mediante una planta potabilizadora. Asimismo, algunos de estos campos cuentan con modernas tecnologías para optimizar el consumo del agua. Es el caso por ejemplo del campo de golf de Mossa Trajectum, una urbanización tipo "resort" ubicada a unos minutos de Murcia capital y avalada por el exfutbolista Johan Cruyff, que consume un 60% menos de agua que cualquier otro de la Región, según sus responsables. Mediante un sistema vía satélite, se controla con toda precisión el tiempo y la cantidad de riego necesarios, manteniendo la humedad y los nutrientes. Desde la dirección de este "resort" señalan que el Banco Europeo les ha premiado como el primer campo ecológico de Europa.

Según WWF/Adena, cada campo de golf de la costa mediterránea gasta el volumen de agua equivalente a una ciudad de 12.000 habitantes

Sin embargo, las organizaciones ecologistas critican que la utilización del agua potable de este tipo de instalaciones deportivas es generalizada. En este sentido, recuerdan la gran cantidad de denuncias de las Confederaciones Hidrológicas por abusos de canales subterráneos y aguas públicas, así como la lista de expedientes sancionadores por suministros ilegales y vulneración de las restricciones de agua. Por ejemplo, según Greenpeace, 27 de los 29 campos de la Comunidad de Madrid han sido denunciados por no utilizar agua reciclada, y la Confederación Hidrológica del Tajo ha abierto expedientes sancionadores contra 10 de estos recintos.

A pesar de ello, los campos de golf siguen a pleno rendimiento, gracias a los grupos de presión inmobiliarios, según Ecologistas en Acción. En este sentido, la construcción de estas instalaciones se asocia cada vez más a grandes complejos urbanísticos, como reclamo para turistas con un mayor poder adquisitivo. Además, según esta organización ecologista, aunque utilizaran agua reciclada, seguirían constituyendo un despilfarro, puesto que este tipo de agua debería utilizarse en actividades más necesarias para todos los ciudadanos como la limpieza urbana, en la que se usa agua potable.

En cualquier caso, dado que los intereses económicos y el interés creciente por este deporte llevan al mantenimiento y construcción de más campos de golf, algunos expertos reclaman que cumplan con una serie de requisitos mínimos, entre ellos que no vayan unidos a la construcción de complejos inmobiliarios, que consuman aguas recicladas, que se adapten sin causar daños al terreno y a la vegetación del lugar, que utilicen sistemas de riego y de drenaje eficientes para ahorrar agua, o que utilicen especies de césped así como fertilizantes y pesticidas ecológicos.

sábado, octubre 10, 2009

Rechazado el recurso para parar el plan parcial de Los Merinos

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso planteado por la Federación de Ecologistas en Acción de Andalucía en el que el colectivo pedía la suspensión cautelar del plan parcial del proyecto de los Merinos, que contempla la construcción de 800 chalets de lujo, dos campos de golf y tres hoteles de alta gama en una finca entre las poblaciones de Ronda y Cuevas del Becerro.

De esta forma, el TSJA ha fallado a favor de la empresa promotora del complejo, Copisa, y el Ayuntamiento de Ronda, que ya habían obtenido una resolución judicial favorable sobre el mismo procedimiento en primera instancia.

Argumentos

En primer lugar, el TSJA ha apuntado para desestimar el recurso «la orfandad fáctica y argumentativa para justificar la suspensión del planteamiento. Los intereses generales prevalentes no dejan de ser in abstracto expresados por la asociación recurrente».

En segundo lugar, en la resolución judicial se explica que «la normativa se refiere a unos suelos urbanizables no programados del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Ronda, para cuyo desarrollo se aprobó el plan parcial cuya suspensión cautelar se ha solicitado», pero que, sin embargo, «la consideración de suelo urbanizable dimana precisamente del PGOU de Ronda, que no consta que haya sido impugnado».

Por último, también se indica que los argumentos de fondo se basan en defectos formales de aprobación por publicación no íntegra y tardía del PGOU de Ronda, sin que se discuta que es urbanizable el suelo.

Archivo de otra denuncia

Por otro lado, el alcalde de Ronda, Antonio Marín, ha pedido que se archive la denuncia presentada por Izquierda Unida (IU) en la que se le acusa de un presunto delito de prevaricación, medioambiental y contra la ordenación del territorio al creer que el regidor podría haber cometido alguna irregularidad en al concesión de licencias para desarrollar los Merinos. El Juzgado de Instrucción número 1 de Ronda ha citado a declarar a Marín el 15 de octubre. Éste ya ha explicado que se trata de un tramite administrativo más.







Texto completo del recurso planteado por la Federación de Ecologistas en Acción de Andalucía


AL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
Sala de lo Contencioso Administrativo de Málaga

Pieza Separada nº 927/2005 – J.J.
JAVIER DUARTE DIÉGUEZ, Procurador de los Tribunales, en nombre exclusivamente de la FEDERACIÓN DE ECOLOGISTAS EN ACCIÓNANDALUCÍA, representación que tengo debidamente acreditada en los autos de RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO (PIEZA SEPARADA) NÚMERO 927/2005-JJ, que se tramitan a nuestra instancia contra CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES, ante la Sala comparezco, y como mejor proceda en Derecho, respetuosamente DIGO:
Que se ha notificado a esta representación Auto nº 986/2008, de 19 de diciembre de 2008, recaído en la Pieza Separada de Medidas Cautelares solicitadas por esta representación, en cuya parte dispositiva se dispone:
“Desestimar la solicitud de adopción de la medida cautelar de suspensión del Acuerdo de Aprobación Definitiva del Plan Parcial de Ordenación “Los Merinos Norte” en fecha 18 de abril de 1995, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia”.
Que aunque dicha resolución no expresa los medios de impugnación que contra la misma caben en Derecho, aun a pesar de ordenarlo así la LOPJ, el artículo 87.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LJCA), establece que contra las resoluciones de tal clase cabe recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo.
Que de conformidad con el artículo 87.3 de la LJCA, en la redacción dada por la Ley 1/2000, de 7 de enero, se establece que “para que pueda prepararse el recurso de casación en los casos previstos en los apartados anteriores, ES REQUISITO NECESARIO INTERPONER PREVIAMENTE EL RECURSO DE SÚPLICA”.
Que dando cumplimiento al requisito previo a la formalización del recurso de casación, y estimando que la resolución que recurrimos resulta gravemente perjudicial para los intereses generales, y no ajustada a derecho, dicho sea todo ello con los debidos respetos para con la Sala y en términos de estricta defensa de los intereses generales, por medio de este escrito interpongo el preceptivo RECURSO DE SÚPLICA contra el auto de de 19 de diciembre de 2008, recaído en la Pieza Separada de Medidas Cautelares, citando como preceptos infringidos los artículos 129 a 136 de la LJCA, así como la jurisprudencia que se cita en el cuerpo de este escrito; recurso que se interpone para que, por contrario imperio de Ley, la resolución recurrida sea revocada y sustituida por otra, por la cual se estime este recurso y se acceda a adoptar la medida cautelar solicitada; el cual basamos en los siguientes,
MOTIVOS
PRIMERO.-Intereses defendidos en el recurso contencioso administrativo en el que se ha solicitado la medida cautelar de suspensión.
En el penúltimo párrafo del fundamento de Derecho Cuarto de la resolución que recurrimos, se afirma lo siguiente:
«Tampoco en el caso de autos no [sic] se realiza un discurso acerca de cómo y porque [sic] el interés particular ha de ser prevalente respecto al público para suspender un instrumento de Planeamiento ni tampoco se justifica acerca de porque [sic] la aplicación de la misma pudiera hacer perder su finalidad legítima al recurso ni que entidad o daño medio ambiental se causa a los intereses generales de ordenación del territorio municipal de la Corporación y particulares o genéricos de la Federación Ecologista accionantes».
En el caso del párrafo transcrito, como en el resto de la resolución que combatimos, la técnica de copy/paste empleada para reproducir las resoluciones judiciales que se citan como fundamento del auto, hacen que se llegue a un texto final en el que lo único que es verdaderamente entendible es la parte dispositiva de la resolución, pero no la hilación de los argumentos con respecto a dicha parte dispositiva.
Así, en el párrafo transcrito se comienza por afirmar que no se realiza un discurso acerca de cómo y por qué el interés particular ha de ser prevalente respecto al público para suspender un instrumento de Planeamiento.
La entidad ecologista recurrente ni tiene un interés particular afectado por el acuerdo de la CPOTU que se recurre, ni la defensa de intereses particulares es el fin social de la Federación de Ecologistas en Acción de Andalucía, como consta en sus Estatutos, en el Registro de Asociaciones de Andalucía, y en el particular de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, en el que se encuentra también inscrita como entidad colaboradora, y en el apoderamiento que consta en autos.
Consta asimismo sobradamente en autos, que la acción que ejercita la actora es la acción pública en materia de urbanismo, recogida en el artículo 304 del TRLS (vigente cuando se interpuso el recurso).
Asombra, por otra parte, que a las alturas en las que se adopta la resolución desestimatoria de las medidas cautelares, con el escrito de interposición y la documentación aportada al mismo, se afirme que no se conoce qué entidad o daño medio ambiental se causa a los intereses generales de ordenación del territorio.
SEGUNDO.-Extraña mutilación y apartamiento, por parte de la Sala, de la fundamentación y parte dispositiva de la Sentencia del Tribunal Supremo de 14 de junio de 2006, que constituye el grueso de su argumentación.
Afirma la Sala en el fundamento de Derecho Tercero del auto que recurrimos, que:
«Por su especial aplicación al caso de autos debemos aplicar la más reciente doctrina jurisprudencial mediante la cita literal de la STS Sala 3ª, sec. 5ª de S 14-6-2006 recaída en rec. 3396/2004».
Causa extrañeza que la Sala acuda a esta sentencia, por su especial aplicación al caso de autos, cuando la misma:
1) Versa sobre la solicitud de la medida cautelar de suspensión de instrumentos urbanísticos de ejecución y no de planeamiento, como en el presente caso;
2) Altera el contenido de las notas que se contienen en el fundamento de Derecho Cuarto de la sentencia de 14 de junio de 2006 (de las nueve de que consta la sentencia en dicho fundamento, solo se trasladan la de la 1ª a la 3ª, y no las 5ª a 7ª, atribuyendo a la 6ª el texto original de la 8ª, y a la 7ª el texto original de la 9ª).
3) Se aparta del fallo de la sentencia, el cual, con el fundamento que se transcribe, el Tribunal Supremo estima el recurso de casación interpuesto, con revocación del auto de la Sala de Granada del TSJA que no accedió a la suspensión de los acuerdos recurridos, decretando la suspensión de los mismos.
Creemos que, con no mucha dificultad, la Sala hubiera accedido al texto de otras resoluciones del Tribunal Supremo en materia de medidas cautelares relativas a solicitudes de suspensión de planeamiento, en las que poder inspirarse, como la misma Sala dice, por su especial aplicación al caso de autos,y aplicar la más reciente doctrina jurisprudencial mediante la cita literal de otras resoluciones.
Pensamos que más ajustada a la situación de estos autos es la sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, de 17 de julio de 2008, sección 5ª, dictada en el recurso 1510/2006 (nº Id CENDOJ 28079130052008100426), que estima el recurso de casación interpuesto contra el auto de la Sala del TSJA que denegó la medida cautelar de suspensión de un plan especial de reforma interior, decretando el Tribunal Supremo la suspensión cautelar de su ejecución.
TERCERO.-Motivos por los cuales la Sala debe revocar el auto que recurrimos, y acceder a la medida cautelar solicitada de suspensión del planeamiento impugnado, en aplicación de la doctrina contenida en la citada sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, de 17 de julio de 2008, sección 5ª, dictada en el recurso 1510/2006.
A) De naturaleza jurídica.
Al igual que hiciera la Administración recurrente en el recurso del que trae causa la sentencia que invocamos, estimamos que «la denegación de la medida cautelar instada puede ocasionar "situaciones irreversibles alterándose el terreno y entorno físico", lo cual conduce a la pérdida de la finalidad legítima del recurso. Si no se suspende el Plan Especial aprobado [Plan Parcial de Ordenación, en nuestro caso] --se arguye--tendrá lugar el desarrollo urbanístico de la zona y
"por tanto a construcciones y a posteriores ventas a terceros", lo que la Sentencia que se dicte en su día no podrá ser ejecutada en sus propios términos.»
(Fundamento de Derecho 2º).
Esta alegación de la Administración recurrente es admitida en sus propios términos por el Tribunal Supremo, que establece lo siguiente:
«En este sentido, la ejecución del acto de aprobación del plan o, lo que es lo mismo, la vigencia del Plan Especial puede dificultar de modo grave la efectividad de la posterior sentencia estimatoria, frustrando el efecto útil de la misma. De manera que si no se suspende la vigencia del plan --si bien limitada a la ejecución de aquellas determinaciones que comporten la transformación de la realidad física de los terrenos--se iría progresivamente alcanzando un resultando irreversible, materializado mediante la construcción y la posible transmisión a terceros, creándose una situación que podría impedir el cumplimiento de la resolución final del proceso.» (Fundamento de Derecho 5º, párrafo segundo).
Ello desactiva, y deja sin efecto lo que se afirma en el párrafo tercero del FJ Cinco del auto que recurrimos, acerca de que «el daño que hipotéticamente pudiera generarse derivaría de los actos de ejecución y no de la disposición general y la suspensión no afectaría en el mismo sentido al interés público, del que sí derivaría un grave perjuicio si se suspendiese la aplicación de la disposición impugnada».
Por si ello no fuera bastante, la sentencia que citamos se extiende a este respecto:
«Esta Sala ha declarado, por todas Sentencia de 16 de marzo de 2004 , a propósito de los Planes Especiales de Reforma Interior que “aunque la ejecución del Plan Especial impugnado precise de actos concretos de ejecución, susceptibles de impugnación autónoma en sede jurisdiccional, es el propio planeamiento especial el que confiere legitimidad y eficacia a dichos actos singulares hasta el extremo de que su aprobación constituye la declaración de necesidad de ocupación para ulteriores expropiaciones forzosas, con la que, según lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley de Expropiación Forzosa , se inicia el expediente expropiatorio, de manera que, en contra del parecer de las representaciones procesales de ambas Administraciones recurrentes, la mera aprobación del Plan Especial de Reforma Interior tiene una eficacia ejecutiva susceptible de ser suspendida, como lo ha decidido la Sala de instancia, evitando así tantas impugnaciones cuantos actos concretos ordenen cada una de las demoliciones previstas para ejecutar dicho Plan Especial”.»
Sin tener presente la jurisprudencia que transcribimos, la lectura del auto que impugnamos, en expresiones como las extractadas del auto y otras que recorren todo el texto de sus fundamentos, pareciera que las disposiciones generales, y con ellas, los instrumentos de planeamiento, no se pueden suspender cautelarmente, siendo contraria y dañosa dicha pretensión de suspensión para el interés público, y cercana al disparate el hecho mismo de solicitarla.
Frente a todo ello, la sentencia cuya doctrina solicitamos sea aplicada, sostiene con toda rotundidad:
«Con carácter general, el planeamiento urbanístico efectivamente puede ser objeto de suspensión, como dispone el artículo 129.2 y 130.1 LJCA a propósito de las disposiciones generales, a pesar de tratarse de una norma reglamentaria que se presume dictada en defensa y para la protección de los intereses públicos, siempre que en su ejecución exista riesgo de perder el recurso su finalidad legítima, previa valoración de los intereses enfrentados --considerando los efectos irreversibles o de difícil reposición que pudiera ocasionar su ejecución--, y, en fin, que de ello no se siga una perturbación grave a los intereses generales.»
Entendemos que la irreversibilidad de los efectos se da en el caso presente, del mismo modo en que se reconoce en la sentencia que citamos: materializado mediante la construcción y la posible transmisión a terceros, creándose una situación que podría impedir el cumplimiento de la resolución final del proceso.
Pero es que, además, la no suspensión permite y consiente la afectación de manera irreversible, de otros intereses públicos igual de dignos –si no más-de protección, tal y como se explica a continuación.
B) De naturaleza fáctica y técnica.
A) Los suelos urbanizables no programados SUNP-3 “Merinos Norte” del PGOU de Ronda, para cuyo desarrollo se ha aprobado el Plan Parcial de Ordenación cuya suspensión cautelar se ha solicitado, se encuentran comprendidos dentro de la delimitación de la Reserva de la Biosfera “Sierra de las Nieves y su Entorno”, declarada el 15 de junio de 1995 por el Programa MaB (Man and Biosphere) de la UNESCO, dentro de la denominada “zona de transición”, debido, precisamente, a la clasificación de suelo urbanizable no programado.
Así lo informa el Delegado Provincial de la Consejería de Medio Ambiente, a la Fiscalía de la Audiencia Provincial, en informe de fecha 20 de noviembre de 2002, que se acompaña a este recurso.
Esta zona de transición es, además, una figura prevista y protegida por los artículos 65, 66.1 y 67.a).3º, Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y Biodiversidad.
B) Los suelos urbanizables no programados SUNP-3 fueron clasificados como Complejos Serranos de Interés Ambiental por el Plan Especial de Protección del Medio Físico – Catálogo de la Provincia de Málaga, aprobado por resolución del Consejero de Obras Públicas y Transportes de 6 de marzo de 1987 (BOJA de 25 de marzo de 1987), y su texto se ha publicado por Resolución de la Dirección General de Urbanismo en el BOJA nº 69, de 9 de abril de 2007.
Con respecto a esta última Resolución de la Dirección General de Urbanismo, hay que recordar que el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA), aprobado por Decretos del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía números 129/2006, de 27 de junio, y 206/2006, de 28 de noviembre, en su norma 111.1.c), contempla los espacios incluidos en el Catálogo de Espacios y Bienes Protegidos de los PEPMF de ámbito provincial, entre los recursos que componen el sistema del Patrimonio Territorial de Andalucía.
C) Con relación a los citados suelos urbanizables no programados SUNP-3, el PEPMF los incluye dentro del Complejo Serrano CS-30, “Las Navetas-Sierra de Carrasco” (plano de delimitación en página nº 251; y ficha de catálogo en página nº 187, ambas del BOJA nº 69).
1) Los Complejos Serranos se definen en el PEPMF-C del siguiente modo:
“Constituyen éstos espacios relativamente extensos y la de caracteres diversificados, con utilización y/o vocación principalmente forestal, y en los cuales la cubierta forestal cumple y debe cumplir una función ambiental equilibradora de destacada importancia. Comportan en general importantes valores paisajísticos, y en ocasiones valores faunísticos destacados. Igualmente suelen presentar importante interés productivo.” (página nº 127 del BOJA nº 69).
2) Con respecto al caso concreto del CS-30, el PEPMF considera los siguientes aspectos:
-Información físico-natural
“Se ubica entre los materiales carbonatados del Subbético y denominado Detrítico de Ronda. Este último, compuesto por una alternancia de margas y calcorenitas, se sitúa sobre la serie caliza. Predominan luvisoles, cambisoles y litosoles. La temperatura media anual es de 15,5' C. y la precipitación se sitúa en torno a los 700 m.m. La cubierta vegetal está dominada por la presencia de encinares, aunque son importantes las zonas adehesadas y ocupadas por cultivos de secano. Del poblamiento faunístico cabe destacar la presencia Águila Culebrera, Águila Calzada, Ratonero Común, Halcón Peregrino. Búho Real, Alinoche y Cernícalo Vulgar; también es frecuente el Gato Montés, el Meloncillo y el Corzo.”
3) Como justificación de la protección, el PEPMF contempla tres aspectos:
- Interés de la vegetación “La existencia de la importante masa de encinar es el motivo fundamental de protección, no solo por el significado ecológico que supone en cuanto a la vegetación propia de la zona, sino también por el importante papel que juega como elemento de la calidad paisajística”.
- Interés paisajístico “Estrechamente relacionado con lo anterior, este espacio presenta zonas de gran calidad paisajística que conviene prevenir con el grado de naturalidad que ahora mismo tienen”.
- Interés de la fauna “Su protección también estaría justificada por la presencia de especies animales protegidas por ley”. (Listado en la información físico-natural).
4) La referencia al planeamiento vigente en el momento de su redacción es la siguiente: “Suelo No Urbanizable Protegido en el planeamiento urbanístico de los municipios afectados”.
(Todas las anteriores referencias al CS-30, pueden comprobarse en las citadas páginas del BOJA nº 69, que se acompañan a este recurso).
CUARTO.-Falta de valoración circunstanciada de todos los intereses en conflicto en este recurso contencioso administrativo, que imponen la estimación del recurso de súplica y la adopción de la medida cautelar de suspensión.
Una vez expuesta la consideración que a la normativa provincial de protección merecen los terrenos comprendidos dentro del ámbito del Plan Parcial de Ordenación cuya suspensión se solicita, se comprende mejor la falta de valoración circunstanciada de todos los intereses en conflicto en que incurre el auto que recurrimos.
Empleamos para ello los términos de los fundamentos de Derecho 4º y 5º de la sentencia de 17 de julio de 2008 que venimos citando:
«El cotejo de los intereses públicos en conflicto oscila, en esta línea de razonamiento, entre no paralizar la actividad municipal de ejecución del planeamiento permitiendo el desarrollo de sus previsiones, y evitar la consumación, mediante la transformación o mutación de la realidad física del terreno, de los efectos de disposiciones generales que pudieran no ser conforme con el ordenamiento jurídico.
Y, en fin, en tercer lugar, debemos señalar que la doctrina de esta Sala sobre la presencia de un interés público intenso en el caso de la suspensión de las normas reglamentarias que aconseja la denegación de tal cautela, no impide la suspensión de tales normas, y, en todo caso, ha de ser matizada en los términos que a continuación se expresan.

Las peculiaridades propias de las disposiciones generales en este ámbito sectorial del urbanismo, en el trance de adoptar la decisión cautelar de los instrumentos de planeamiento, ha de valorar --de modo detallado y cuidadoso--la trascendencia y consecuencias prácticas a las que conduce la medida. En este sentido, la experiencia ha demostrado que la importación sin matices de tal doctrina general sobre la presencia del interés público en las disposiciones generales, en el ámbito del urbanismo, ha ocasionado situaciones indeseables, que solo pueden superarse mediante un análisis preciso y minucioso de las circunstancias del caso y de las consecuencias que comporta. A lo que debemos añadir que tales peculiaridades se agudizan, insistiendo en lo antes expuesto, cuando la actuación de la Administración local --autora del acto de aprobación del plan--es cuestionada por otra Administración Pública, como sucede, en este caso, con la Junta de Andalucía cuya actuación pretende también proteger el interés público.
QUINTO.-Por tanto, la valoración circunstanciada de los intereses en conflicto, que ha de hacerse en los términos expuestos, no se ha realizado en la resolución recurrida, salvo la referencia al interés público que demanda la ejecución del plan en sus propios términos. Y esta valoración no puede considerarse suficiente ni acertada, porque no siendo irreparables los inciertos perjuicios derivados de la adopción de la medida cautelar, sí lo son en mayor medida, o con más alta intensidad, los derivados de la no suspensión de la ejecución del plan, al menos en la parte que comporte una modificación de la realidad física del terreno sobre la que inciden.
En este sentido, la ejecución del acto de aprobación del plan o, lo que es lo mismo, la vigencia del Plan Especial puede dificultar de modo grave la efectividad de la posterior sentencia estimatoria, frustrando el efecto útil de la misma. De manera que si no se suspende la vigencia del plan --si bien limitada a la ejecución de aquellas determinaciones que comporten la transformación de la realidad física de los terrenos--se iría progresivamente alcanzando un resultando irreversible, materializado mediante la construcción y la posible transmisión a terceros, creándose una situación que podría impedir el cumplimiento de la resolución final del proceso.»

QUINTO.-Encuadre constitucional de los motivos jurídicos y fácticos que se han expuesto.
Para concluir, nos parece conveniente recordar el encuadre constitucional de los motivos que acabamos de alegar para la estimación de este recurso, que son conocidos del Tribunal, y que se concretan en los siguientes preceptos:
a) El artículo 45 de la Constitución Española, según el cual: “1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo. 2. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.”
Desde el punto de vista ordinal, este precepto se encuentra situado en la Constitución antes que el artículo 47, que es el que fundamenta la ordenación urbanística.
b) El artículo 53 de la Constitución Española, cuyo apartado 3 dice: “El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo III, informará la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Sólo podrán ser alegados ante la Jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las Leyes que los desarrollen.”
Como puede verse, el reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el Capítulo III (en el que el medio ambiente adecuado es denominado “derecho”), informará la práctica judicial.
Una de las leyes que desarrollan el artículo 45 de la Constitución Española es la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y Biodiversidad, ya citada.
También lo es la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que hace suyos, a través del POTA, los espacios catalogados por el PEPMEF y Catálogo de la provincia de Málaga.

Por lo expuesto, a la Sala,
SUPLICO: Que teniendo por presentado este escrito con los documentos que se acompañan, se sirva admitirlo, mandándolo unir a la Pieza de Medidas Cautelares de su razón; tenga por interpuesto en tiempo y forma RECURSO DE SÚPLICA contra el Auto nº 986/2008, de 1 de septiembre de 2008 dictado en esta pieza separada; a fin de que, tras la tramitación legal oportuna, por contrario imperio de Ley, la resolución recurrida sea revocada y sustituida por otra, por la cual se estime este recurso y se acceda a adoptar la medida cautelar solicitada.
Así es de Justicia que respetuosamente pedimos en Málaga, a veinte de enero de dos mil nueve.
Letrado Miguel A. Carrillo Sedeño Cdo. Nº 2419



Texto completo de la resolución judicial







sábado, diciembre 15, 2007

Óscar Gavira galardonado con uno de los VII Premios Provinciales de Medio Ambiente de la Diputación de Málaga.

Óscar Gavira, por su el proyecto El Corredor Verde del Pinsapo, junto con el Ayuntamiento de Canillas de Aceituno, el Matadero Caño Santo S. A. de Cañete La Real ha sido distinguido con uno de los VII Premios Provinciales de Medio Ambiente, que otorga el Área de Medio Ambiente de la Diputación Provincial de Málaga, y que tienen por objetivo fomentar y difundir las buenas prácticas ambientales.

Un jurado presidido por el diputado del área, Miguel Esteban, y compuesto por técnicos y representantes de la Universidad de Málaga, la Junta de Andalucía y organizaciones ecologistas decidió el pasado jueves el fallo del premio.
El Premio fue otorgado en la modalidad Gaia, que premia trabajos o actuaciones artísticas, de investigación, información, difusión, educación y formación ambiental.
El acto de entrega tendrá lugar en enero de 2008.

Oscar Gavira es uno de los colaboradores habituales en el Blog del Grupo Gavilán, del Rio Genal y del Rio Guadiaro, además de contar con varios espacios web donde expone trabajos sobre la fauna y flora malagueñas.

PinsapoEl Corredor Verde del Pinsapo pretende conseguir la conservación y estudio de la única alineación montañosa que conecta el Parque Natural Sierra de Grazalema y el Parque Natural Sierra de las Nieves, un corredor ecológico para la flora y fauna de estos espacios naturales protegidos.

Este proyecto propone la restauración forestal de la zona, muy castigada por la mano del hombre, mediante la creación de microrreservas a través de grupos de voluntarios, con el objetivo de no alterar la actividad ganadera de la zona y contribuir a la restauración forestal y educación medioambiental.

Otra propuesta es la creación de una ruta de senderismo y un cartel interpretativo para contribuir con el desarrollo sostenible.

Sin embargo, diversos proyectos previstos amenazan esta conexión ecológica, como la autopista Ronda-Costa del Sol o varios proyectos de canteras en los términos municipales de Alpandeire, Júzcar, Cartajima y Parauta.
La zona propuesta como corredor ecológico está dentro de la futura Reserva de la Biosfera Intercontinental.

El pinsapo constituye la especie-paraguas que garantiza la conservación de los procesos ecológicos, y la colonización de este corredor con esta especie única del Terciario podría significar la recuperación de otras especies, aparte de esta joya botánica de la provincia de Málaga.
La candidatura premiada tiene además “la originalidad de ser uno de los pocos corredores ecológicos estudiados para la protección de la flora a nivel mundial”, según destaca el jurado en su fallo.

El diputado de Medio Ambiente, Miguel Esteban, se mostró “muy satisfecho por la calidad y originalidad de los proyectos premiados, que además ponen de manifiesto que la implicación de los particulares es a menudo un acicate para las instituciones públicas responsables de la protección ambiental”.
El responsable de Medio Ambiente en la Diputación felicitó a los ganadores y a los autores de los proyectos seleccionados para su publicación, “no sólo por el esfuerzo de presentarse, sino por el trabajo silencioso que vienen realizando pequeños ayuntamientos, colectivos ciudadanos y personas a nivel individual”.

Jurado de los VII Premios Provinciales de Medio AmbienteTanto los proyectos que han sido premiados, como otros que fueron seleccionados por el jurado, serán publicados en el Catálogo de Buenas Prácticas Ambientales que edita el Área de Medio Ambiente.
Los premios están dotados con 3.000 euros en cada una de las modalidades.


Más Info:
oscargavira.blogspot.com

martes, noviembre 06, 2007

El Valle del Genal en "Espacio Protegido"

Artículo publicado en El Observador (2 de noviembre de 2007):

El Valle del Genal, protagonista del programa ‘Espacio Protegido’

“La fuerza de los colectivos sociales del valle ha logrado frenar de momento la presión urbanística que acecha desde la costa”, explica la redactora del programa.

‘Espacio Protegido’, programa de referencia en Andalucía sobre asuntos medioambientales dirigido por el periodista José María Montero, regresa después de casi cuatro años al Valle del Genal con la emisión el sábado 3 de noviembre, a las 20:30 horas en Canal 2 Andalucía, de un programa que nos acerca a este paraje del occidente malagueño que ha sido declarado recientemente Lugar de Interés Comunitario (LIC) por la Unión Europea.

La redactora del laureado programa, Nuria Castaño, explica a EL OBSERVADOR como tras recorrer varios puntos de la geografía andaluza comprobando los daños sobre el medio natural cree que la buena conservación del entorno del Genal se debe a que “la fuerza de los colectivos sociales ha logrado frenar de momento la presión urbanística que lo amenaza desde la Costa”.





“QUIZÁS sea precisamente por tener tan cerca el ejemplo de lo sucedido en la Costa del Sol, donde el urbanismo ha destruido tanta naturaleza, lo que explique el mayor grado de concienciación y de respeto al medio ambiente que se respira en el interior del valle, donde se ha dado un urbanismo más controlado”, explica la periodista Nuria Castaño, espectadora privilegiada de la evolución de los paisajes andaluces con el programa ‘Espacio protegido’.

CASI cuatro años después de que en diciembre de 2003 ‘Espacio Protegido’ emitiera un especial sobre el Valle del Genal, Nuria y el equipo del programa regresaron este octubre al occidente de la provincia de Málaga para ver cómo ha evolucionado la comarca. Su impresión ha sido buena, “me ha sorprendido gratamente comprobar cómo la conservación ha sido mejor de lo que me esperaba”.

GAUCÍN, Benalauría y Júzcar serán algunos de los enclaves que se podrán ver en horario de máxima audiencia (20:30 horas) en Canal 2 Andalucía, lugares que forman parte del Lugar de Interés Comunitario (LIC) del Valle del Genal. Un título con el que la Unión Europea ha distinguido a esta comarca en aras de otorgar a la zona un mayor grado de protección para conservar su riqueza de fauna, flora y paisaje.

SIN embargo, las amenazas sobre el entorno no han desparecido. Según aseguran a EL OBSERVADOR desde el Grupo de Trabajo del Valle del Genal, el peligro para la región viene ahora de la mano de la autopista de peaje entre San Pedro de Alcántara y Ronda, que atravesaría gran parte de zona LIC y que están impulsando entre otros, Fernando Centeno, diputado del PSOE.



Puede consultar aquí las anteriores noticias publicadas en El Observador sobre los Lugares de Interés Comunitario:

jueves, octubre 25, 2007

El Castaño recibe ayudas agro-ambientales

Foto de CastañaLa Consejería de Agricultura de la Junta de Andalucía ha aprobado una serie de ayudas agro-ambientales para el cultivo de la castaña.
Hasta ahora, el sector de la castaña no contaba con ningún tipo de ayuda, a pesar de su alto valor medioambiental.

El castaño adapta su periodo vegetativo en función de la duración de los días o las horas de luz. Durante el Invierno se desprenden de los órganos muertos y desarrollan protecciones contra el frío en las yemas. Para compensar este enorme derroche energético, el castaño tiene que compensar con rapidez su ciclo vegetativo, aprovechando los periodos de máxima actividad fotosintética del verano para regenerarse.
La foliación se produce durante la Primavera y su acción afecta a las diferentes especies que aparecen en el sotobosque de castaños a lo largo de las diferentes estaciones del año.
El gran aporte de materia orgánica que recibe el suelo durante el otoño, favorece la aparición de hongos (Boletus pinophilus, Boletus edulis, Boletus calopus, Amanita caesarea, Macrolepiota procera, etc.), que aprovechan el aumento de humedad atmosférica y una temperatura no excesivamente baja para desarrollarse.
Por otra parte muchas especies de plantas, que mantienen sus yemas latentes bajo tierra en forma de bulbos o tubérculos, como son los narcisos, jacintos, etc, aprovechan estos periodos de defoliación del castañar para activar sus ciclos hasta completarlos, antes de que el follaje estival cubra la cúpula del bosque y la luz sea escasa.

El castaño cumple la misma función ecológica que el quejigo, ya que es un caducifolio que ocupa las laderas umbrías y húmedas. Por eso, en las zonas de castañares se ha cambiado una especie, el quejigo, por otra que cumple la misma función ecológica. Por eso no tiene mucho sentido que se planten castaños en zonas no propicias, como caras sur expuestas durante gran parte del día a los rayos solares. En el Valle del Genal, los castañares mas antiguos están ubicados en zonas de antiguos quejigales.

CastañarEl castaño prefiere las montañas silíceas con suelos bien drenados y no tolera el terreno calizo. En un principio brota lentamente para después acelerar su crecimiento hasta los 50 años, cuando alcanza su tamaño definitivo de 20 a 30 metros de altura. El castaño puede llegar a vivir durante muchos años, existiendo ejemplares de más de 1.000 años
Su madera es dura y pesada. Se utiliza sobre todo en carpintería, tonelería, cestería y diversas actividades artesanas.
Sus hojas y cortezas son ricas en taninos, por lo que se emplearon desde muy antiguo para curtir pieles.
La medicina tradicional también utiliza muchas de sus partes, como son sus hojas, cortezas, amentos y frutos.
La castaña tiene además un gran valor nutritivo, debido a sus elevadas cantidades de hidratos de carbono, grasas y proteínas.

Aunque siempre se ha pensado que tanto el castaño como el nogal habían sido introducidos en la Península Ibérica de mano de los Árabes y los Romanos, datos palinológicos de sedimentos cuaternarios recopilados recientemente en zonas periféricas de la mitad norte peninsular, han revelado que estas especies formaban parte de la flora de aquella época.

Sin embargo, el castaño es uno de los cultivos más vulnerables al cambio climático. Además, ha sufrido más de dos años de sequía importante.
Su comercialización se encuentra cada vez más ante una rentabilidad menor, debido al mantenimiento de los precios al productor y el aumento de los costes de producción, debido en gran parte a la dificultad que supone su cultivo en las elevadas pendientes que requiere.

Actualmente, la superficie de castaño en Andalucía se estima que abarca entre 8.800 y 14.000 hectáreas, que se reparten entre las provincias de Huelva y Málaga.
En Málaga, el Valle del Genal y la Sierra de las Nieves, que albergan numerosos ejemplares de esta especie, son además zonas de especial interés medioambiental.
En el Valle del Genal existen al menos 3.600 hectáreas (según OCA de Ronda de 1999) y es aquí donde se encuentran los castañares mas extensos de Andalucia.
Los cultivos antiguos de castaños son además uno de los hábitats protegidos por la Directiva Hábitats 92/43/CEE.

sábado, septiembre 08, 2007

Al Andalus Festival 2007

AL-ANDALUS FESTIVAL
Union de Culturas
24, 25, 26 & 27 de Agosto de 2007.
San José del Valle, Cadiz, España.


El principal objetivo de este Festival era fomentar el respeto a la Madre Tierra.
Organizado por United Tribes, durante el evento se promocionaron diversas actividades culturales como la música, pintura, charlas, talleres, etc., además de deportes y todo lo relacionado con la Naturaleza y la Vida.

A través de este Festival se pretendía dar la oportunidad a todas las personas posibles de experimentar una forma alternativa de diversión, en contacto directo con la Naturaleza, disfrutando de todo tipos de artes y músicas, con artistas tanto nacionales como internacionales.

Al-Andalus Festival - 2007 se celebró en un marco incomparable, en San José del Valle, junto al embalse del Guadalcacín, donde se podía nadar y practicar diversos deporte acuáticos.
Junto al embalse se colocó una carpa donde se bailaban ritmos del mejor trance psicodélico del momento, las 24 horas del día.

También existía un área alternativa o Chill Out, donde se pudo disfrutar de directos tanto de ambient psicodélico, dub, y conciertos de músicas de otras culturas (indo-oriental, percusión africana, reggae etc. ). Además se incluyó un buen espectáculo de flamenco.
Otros espectáculos incluidos fueron la Danza del vientre, animación con malabaristas de fuego y de luces fluorescentes y muchas otras.
Se proyectaron documentales, películas y charlas relacionadas con el respeto por la Madre Tierra.

Y para descansar el cuerpo existían numerosas casetas con masajes ayurvédicos, thailandés y otras terapias alternativas.





Enlaces:
Al Andalus Festival
United Tribes

miércoles, agosto 02, 2006

La Junta denunciará a Adif por el incendio de Cortes

La Junta de Andalucía trasladará en los próximos días el expediente de investigación con las conclusiones iniciales a los juzgados de Málaga para que se determinen la responsabilidad del incendio de Cortes de la Frontera que arrasó cerca de 700 hectáreas y afectó a varios municipios del Bajo Genal.

La investigación llevada a cabo por la Policía Autonómica parece confirmar que a la hora que se originó el fuego, sobre las 14.40 del sábado, pasaron por esta zona dos trenes: uno de mercancías y una vagoneta de reparaciones de la línea férrea que se baraja como la causante del incendio.

Y es que la Brigada de Investigación de incendios forestales encontró el domingo en el punto kilométrico 113,515 de la línea que une Bobadilla y Algeciras, entre la estación de Cortes de la Frontera y la de Gaucín, restos de laminilla de frenado y partículas procedentes del tubo de escape de un vehículo ferroviaria que pudo desprender una chispa que prendió unas gramíneas en vertical y hojarasca de adelfas que había junto a la vía.

Ésta, al menos, es la versión que ofreció el delegado provincial de Medio Ambiente, Ignacio Trillo, que aseguró que este fuego era "totalmente evitable" y que la entidad pública Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif) "no limpió la vegetación del entorno de la vía a pesar de que se le advirtió que debía hacerlo antes del 1 de junio".

Hasta el momento han prestado declaración en calidad de testigos el jefe de la estación de Cortes de la Frontera y los dos operarios de la vagoneta de reparación que estaban trabajando en el momento en el que se declaró el incendio, conocida como el paraje de Las Buitreras próximo al parque natural de Los Alcornocales.

Según Trillo, el expediente de investigación iniciado por la Policía Autonómica se trasladará a los tribunales junto con los informes técnicos y los resultados de los interrogatorios realizados "para que se tipifique la responsabilidad que corresponda".

Pese a la gravedad del incendio, que tardó más de 19 horas en ser extinguido y que obligó a desalojar a unas 150 personas de un albergue juvenil, el delegado provincial señaló que las llamas no llegaron a afectar al parque natural aunque se quemaron 339 hectáreas de terreno forestal, por lo que matizó que desde el punto de vista ecológico "la incidencia fue muy baja".

Según datos del Infoca, la superficie total arrasada este año en la provincia de Málaga es de 419,4 hectáreas (92,4 es superficie arbolada y 352,9 de matorral), un 45,4 % menos que el año anterior.

martes, agosto 01, 2006

Los Verdes de Cádiz piden retirada de follaje y maleza del entorno del trazado férreo

Los Verdes de Cádiz piden "de manera urgente" la retirada de la inmensa cantidad de follaje y maleza del entorno del trazado férreo de la línea desde Bobadilla a Algeciras, sobre todo a su paso por el Parque Natural de Los Alcornocales y el de Sierra de Grazalema.

El partido ecologista pidió se efectúen las oportunas actuaciones que minimicen el evidente peligro y riesgos de incendios que acabarían o mermarían considerablemente importantes zonas y hábitats de alto valor ecológico.

Así, recordó el incendio declarado el pasado 23 de julio en el término de Cortes de la Frontera (Málaga) y que se extendió también a las localidades malagueñas de Benalauría, Algatocín y Benarrabá, y que arraso más de 600 hectáreas. 261 hectáreas correspondían a terrenos de matorral y 78 a alcornocal y encinar, de modo que la hipótesis del origen de ese fuego son "las chispas que el paso de un tren hubiese provocado en la vía férrea de la zona".

La formación ecologista exigió que se proceda a la apertura de expedientes sancionadores contra las empresas que no respeten las normas, además de obligarlas a realizar las labores de prevención y no autorizar tendidos de alta tensión en zonas de alto valor ecológico y la limpieza de las líneas férreas.

Por otro lado, para Los Verdes la línea de alta tensión de 400.000 voltios, que atraviesa el Parque Natural de Los Alcornocales, de Red Eléctrica Española (REE), también supone un grave peligro de incendios para este espacio protegido.

sábado, abril 22, 2006

Día de la Tierra 2006

El Día de la Tierra se celebra hoy con el objetivo de crear una conciencia común a los problemas de la contaminación, la conservación de la biodiversidad y otras preocupaciones ambientales para proteger la Tierra, mediante la promoción de ciudadanía medioambiental y acciones progresivas a nivel mundial.

El Día de la Tierra 2006 lanzará una campaña sostenida de tres años de duración con el fin de educar a consumidores, empresas y gobiernos de todo el mundo sobre la urgente necesidad de adoptar medidas concretas para detener las causas que provocan el cambio climático antes de que sea irremediablemente tarde.

Dia de la Tierra 2006
Más Info


International Earth Day - Web Oficial del Día de la Tierra
Earth Day Network - Eventos y Actividades
Earth Day Energy Fast - Acción Global contra los enemigos de la Tierra
Día de la Tierra en Wikipedia - En español

viernes, abril 21, 2006

Corredor Verde del Pinsapo

La alineación montañosa Sierra del Oreganal-Sierra de los Castillejos, que separa la meseta de Ronda del Valle del Genal, cumple la función de corredor ecológico para la flora y la fauna de los Parques Naturales Sierra de Grazalema y Sierra de las Nieves. Destaca el hecho de que posiblemente sea el primer corredor ecológico descrito para plantas, puesto que en todos los casos consultados únicamente se tiene en cuenta a los animales y cuando consideran a las plantas se hace más como hábitat de los animales que como actores del propio corredor.

Analizando la distribución geográfica del pinsapo podemos observar que existen dos principales poblaciones: una de ellas se encuentra en el Parque Natural Sierra de Grazalema y la otra en el Parque Natural Sierra de las Nieves. Esta distribución difícilmente se puede explicar si no es a través de la única alineación montañosa que conecta ambos espacios.distribución geográfica del pinsapo
Al igual que con el pinsapo, existen otras muchas especies con una distribución similar. Así es para un total de 11 especies vegetales protegidas por la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y Fauna Silvestres de Andalucía, 13 endemismos de la Serranía de Ronda y 37 especies amenazadas según la Lista Roja de la flora vascular de Andalucía. Este es el caso del serbal (Sorbus aria), la Atropa baetica, el arce (Acer monspessulanum), el helecho Asplenium petrarchae bivalens, la campanilla rondeña (Campanuda speculariodes), etc. Algunas de estas especies se encuentran dentro del corredor ecológico.
De este modo, el pinsapo representa una "especie paraguas", es decir, que mediante la conservación de esta especie se garantiza la protección de todas las otras con las que convive. Actualmente el pinsapo está ausente de este corredor ecológico, aunque existen algunas plantas que indican su posible presencia anteriormente. Además, el pinsapo es una especie que actualmente se encuentra en expansión por lo que la colonización de esta zona sería posible de forma natural.

En el caso de la fauna, las cumbres de estas sierras representan un corredor ecológico para especies como la cabra montés, la chova piquirroja o el piquituerto. Además están presentes otras especies como el águila real, el buitre leonado, el águila culebrera, el águila calzada, el águila perdicera, el búho real o el gavilán. Mamíferos carnívoros como meloncillo, gineta, zorro, tejón, comadreja, gato montés, garduña, turón; ungulados como el corzo, el ciervo y el jabalí. Entre los reptiles destacan la víbora hocicuda y el lagarto ocelado. Y entre los anfibios la salamandra, el tritón pigmeo y el sapillo pintojo meridional.
El proyecto "Corredor verde del pinsapo" presentado por Ecologistas en Acción-Málaga en el II Concurso de Ideas para la Conservación de Especies Amenazadas en Andalucía que concede la Fundación Gypaetus, busca soluciones para proteger la fauna y flora de la zona.

Este proyecto propone la restauración forestal de la zona, muy castigada por la mano del hombre, mediante la creación de microrreservas a través de grupos de voluntarios. De este modo se pretende no alterar la actividad ganadera de la zona y contribuir en la restauración forestal y educación medioambiental. Otra propuesta es la creación de una ruta de senderismo y un cartel interpretativo para contribuir con el desarrollo sostenible.

Sin embargo, diversos proyectos previstos amenazan esta conexión ecológica, como la autopista Ronda-Costa del Sol o varios proyectos de canteras en los términos municipales de Alpandeire, Júzcar, Cartajima y Parauta. La zona propuesta como corredor ecológico está fuera de la protección legal de los Parques Naturales, y tampoco está catalogada como Lugar de Interés Comunitario, aunque está dentro de la futura Reserva de la Biosfera Intercontinental.

Mapa distribucion pinsapoEntre las iniciativas de conservación de este entorno estaría la unión de los dos Parques Naturales (el Parque Natural Sierra de Grazalema y el Parque Natural Sierra de las Nieves) en un único gran Parque Natural.

martes, enero 24, 2006

Proyecto LIFE-Naturaleza

Ecologistas en Acción y la Junta de Andalucía enfilan la recta final del proyecto europeo LIFE Naturaleza llamado "Conservación de hábitats litorales de la provincia de Cádiz".
Los Proyectos Life, son instrumentos financieros creados por la Unión Europea en 1992 para la conservación y protección del medio ambiente. Con ellos se financian iniciativas medioambientales en la Unión Europea y en ciertos países Mediterráneos, del Mar Báltico, de Europa del Este y Central y de algunos terceros países.
En el caso del litoral gaditano se está trabajando sobre:

  • La restauración de las estructuras reguladoras de los niveles de agua de antiguas salinas de la Isla del Trocadero junto con la elaboración y puesta en marcha de un plan de gestión y seguimiento para las mismas en la ?Bahía de Cádiz?.
  • La restauración de vegetación dunar y medidas de ordenación del uso público en ?Punta de Trafalgar?.
  • La restauración de enebrales costeros en una zona de plataforma acantilada del ?Pinar de Roche?.
Con todo ello se pretende evitar que el litoral gaditano se pierda irremisiblemente a manos de especuladores sin escrúpulos y políticos corruptos, como ya ha sucedido en la provincia de Málaga.
Cabe recordar que el litoral malagueño era uno de los más bellos de la Península Ibérica antes de que comenzara el boom de la especulación inmobiliaria.
Crónicas de años no tan lejanos nos describen "bosques de pinares que se acercaban hasta la misma orilla del mar". Crónicas que suenan más bien a chiste vista la situación actual de las playas malagueñas.
El litoral malagueño ya se ha perdido, pero aún estamos a tiempo de salvar al gaditano, con sus bellas playas que se extienden desde Doñana hasta el estuario del Río Guadiaro.

Más Información:
- borradorE2_LIFE.pdf
- Ecologistas en Acción

miércoles, abril 20, 2005

Objetivos Grupo Gavilan

Aceptamos colaboraciones de cualquier persona o entidad que desee publicar cualquier noticia y/o comentario en el Blog del Grupo Gavilan que se ha creado para ofrecer noticias, comentarios, opiniones, etc., de la comarca del Bajo Genal, en Malaga, España.

Para poder enviar contenidos al Blog del GrupoGavilan, debe enviarnos un e-mail a:
rio_guadiaro@yahoo.es

domingo, noviembre 07, 2004

Medio Ambiente inicia reforestación

Los incendios forestales y los procesos de erosión de la tierra tras los mismos son, sin duda, uno de los peores males de los montes malagueños. Por eso, el último proyecto de la Delegación de Medio Ambiente, 'Restauración de zonas incendiadas en varios montes de la provincia de Málaga' tiene como objetivo evitar la pérdida de suelo y de masa vegetal e intentar restaurar el ecosistema en el que se produjeron incendios forestales.

Con un presupuesto de 369.867 euros (61,5 millones de las antiguas pesetas), la Junta inicia este otoño la reforestación de 90 hectáreas que ardieron en el verano de 2002 en las sierras y montes de Antequera, Ardales, Málaga, Campillos, Estepona y Casares. La repoblación se realizará con especies autóctonas del monte mediterráneo tales como pino piñonero, pino resinero, pino carrasco, sabina mora y acebuche, como se indica en el proyecto.

Plantar en otoño

«Debido a que estamos en una zona de clima templado y con muchas posibilidades de tener una primavera seca, la época de plantación debe ser el otoño», según indicaron fuentes de la Delegación de Medio Ambiente. Por tanto, los trabajos se iniciarán ahora para propiciar que a los plantones les dé tiempo a desarrollarse antes de que empiece el estío.

Otro de los objetivos de este proyecto pasa por realizar trabajos de mejora y saneamiento de la vegetación afectada por incendios para propiciar la regeneración natural. Así, la Junta realizará trabajos selvícolas (de clareo de la vegetación) en los montes de Alhaurín El Grande, Teba, Málaga, Benalauría, Cortes de la Frontera, Estepona y Casares en un total de 126 hectáreas, algunas compartidas con los proyectos de reforestación. En esta línea, se pondrán en marcha trabajos de clareo en los montes que muestran signos de regeneración, es decir se eliminarán algunas plantas que han crecido por regeneración natural para evitar el apiñamiento de ejemplares y propiciar así que salgan adelante los más fuertes.

También se procederá a cortar los árboles quemados y se realizarán podas a las ramas de los árboles dañados por el incendio así como a las que estén secas y caídas «para evitar posibles daños, infecciones o pudriciones del ejemplar afectado», según indican los técnicos de la Delegación de Medio Ambiente.

La función de los árboles en el medio natural es fundamental, ya que actúan de esponjas, recargan los acuíferos, proporcionan oxígeno, madera, frutos, un paisaje más agradable y ayudan a contener la tierra evitando la erosión y la desertización.

lunes, agosto 23, 2004

10 razones para la protección del Valle del Genal

1) Existencia de una extraordinaria variedad de substratos litológicos, calizas, dolomías, pizarras y gneises, areniscas y, sobre todo, las peridotitas, una intrusión magmático diapírica que orla el valle por el E y SE, que se constituye como una de las mejores expuestas del planeta.

2) Disfrute de un clima suave y lluvioso, de clara influencia marítima en el sur, algo más continentalizado al norte, con medias anuales de 14 ºC, y una oscilación anual en torno a los dieciséis grados, con veranos no muy cálidos, en torno a los 24 ºC e inviernos suaves a media ladera, con medias en enero cercanas a los 8ºC. Las precipitaciones, por su parte, son abundantes, con medias superiores siempre a los 1000 mm, acrecentadas ostensiblemente en las alturas, y con los efectos de la criptoprecipitación del levante en Sierra Bermeja, cuantificable en las de 500 mm anuales.

3) Como consecuencia de estos hechos, la realidad de una extraordinaria cubierta vegetal, con notables endemismos, sobre todo en las sierras calcáreas y en las peridotitas, y la existencia de numerosos ecosistemas vegetales, entre los que destacan el alcornocal, encinar, quejigal, pinsapar sobre calizas y pinsapar sobre peridotitas (caso único en Europa), pinar carrasco y pinar negral, retazos de robledal, pinar-sabinar, alcornocal-quejigal, alcornocal-acebuchal, comunidades de ribera, como las saucedas, choperas, alisedas y fresnedas, así como brezales, aulagares, jarales, madroñales, piornales, etc...

4) Las diferentes comunidades faunísticas se encuentran bien representadas y las especies que las constituyen gozan de poblaciones bien distribuidas en los ambientes favorables. Esto se debe al buen estado de conservación que el valle presenta. Aunque faltan estudios para tener un conocimiento más amplio de la fauna, existen algunos grupos taxonómicos bien contrastados, como son los vertebrados y algunos órdenes de insectos. También encontramos una rica avifauna e ictiofauna ligadas a los cursos de agua, que gozan de gran interés, pues sus nutridas poblaciones son excelentes indicadoras de la calidad ecológica del río, lo que unido al buen estado de conservación de los biotopos, hacen de las riberas un lugar ideal para las comunidades de aves. Además, el valle se convierte cada año, en la época de la migraciones, en un lugar excelente para el descanso y la alimentación de éstas. Dentro de los mamíferos un indicador de alta calidad ambiental es la nutria, que es el mejor descriptor faunístico del valor ecológico de esta tierra. Tambien están presentes otros carnívoros, como el Meloncillo, el Tejón, la Jineta, la Garduña etc., y dentro de los ungulados destacamos el Corzo, la Cabra Montés y el jabalí.

5) Substrato, clima y orientación propician igualmente los cultivos, entremezclados con la vegetación natural: en los nortes, y a media ladera, castaños, ciruelos, nogales, cerezos; en las solanas, pequeños olivares, almendros, higueras y alguna viña, resto de pasados esplendores.

6) Pervivencia de los regadíos de ladera, con pequeños manantiales y albercas, mediante bancales, para cítricos y huertecillos familiares. En los contactos de las calizas con las áreas metamórficas, sistemas de irrigación más sofisticados y productivos, cuyo paradigma más hermoso y sugerente es el de Balastar, en Faraján, un prodigio de conservación de la vieja cultura del agua, donde los parterres y tablas se engalanan con una variada arboleda, con los huertos y la permanente presencia del agua, no sólo entre los canalillos y acequias, sino en su caída, libre, casta y generosa, por dos imponentes chorreras.

7) Supervivencia, igualmente, de algún agrosistema de fondo de valle, en forma de la dualidad molinería-huerto, con el sistema de azud y caz, otra muestra de sostenibilidad que, aunque hoy ya inviable, puede y debe ser recuperada para otros usos de carácter educativo y de ocio.

8) Presencia de paisajes muy específicos, que constituyen una insospechada riqueza en sí mismos, como los torcales de Cartajima y Júzcar, la Cancha de Conio en Atajate, los peñones de la Dorsal en Benadalid, Benalauría y Algatocín, la Sierra de Jarastepar en Alpandeire, Sierra Crestellina en Casares, el sistema de cascadas de Júzcar, los meandros y bosques de ribera de Alpandeire, Jubrique, Benalauría y Genalguacil, en el Genal y sus tributarios, el alcornocal de Benarrabá y del Monte del Duque, el gran castañar de Pujerra-Igualeja, el mayor de todo el sur de España, la Sierra de las Nieves en Parauta, el Pinsapar de Los Reales en Genalguacil...

9) Un urbanismo en parte bien conservado, con trazados casi intactos, con las poblaciones a media ladera, como es común en toda la montaña mediterránea, con ejemplos notables en los cascos urbanos de Benadalid, Benalauría, Benarrabá, Pujerra y Gaucín, entre otros.

10) La última razón es casi la más contundente de las expuestas: no hay otro Valle del Genal. No existe, salvo en los Cevennes franceses o en la Kabylia argelina algo similar que haya conservado tan bien sus esencias como esta tierra.

Mas ...
http://pasoslargos.com/opinion.htm

miércoles, junio 02, 2004

Contra el uso de cebos envenenados

Ante el incremento del uso de cebos envenenados, que pone en riesgo la fauna y la salud pública, se insta a las Comunidades Autónomas y al Ministerio de Medio Ambiente a que aprueben sin más demora la ?Estrategia Nacional contra el uso ilegal de cebos envenenados en el medio natural?.

Tras seis años de funcionamiento del Programa Antídoto, las ONG que lo constituyen constatan que el uso de veneno se ha extendido en los últimos años a la práctica totalidad del territorio español, vinculado también a un cada vez mayor número de actividades en el medio rural y periurbano. El uso del veneno continúa suponiendo una de las principales causas de mortalidad no natural de muchas especies de la fauna amenazada española y un grave riesgo para la salud pública, por consiguiente, resulta esencial continuar actuando de forma decidida y conjunta hasta que esta práctica ilegal deje de suponer una amenaza. En este sentido, los datos de las ONG coinciden con los de las Administraciones ambientales que en el seno del Grupo de Trabajo de Ecotoxicología ponen de manifiesto una y otra vez la gravedad del problema y la necesidad de acometer programas de acción en el marco de una estrategia nacional aún por aprobar.

Los últimos casos de uso de veneno conocidos ejemplifican la gravedad de la situación. Así, en Castilla-La Mancha han aparecido en los últimos tres meses, tres águilas imperiales envenenadas. En Fuerteventura cuatro alimoches y en Cádiz otros dos. Y en Baeza (Jaén) se han detenido a cinco presuntos envenenadores hace pocas fechas.

Las organizaciones del Programa Antídoto conscientes de la gravedad de la problemática han dedicado los últimos seis meses a estudiar los mecanismos que sirvan para mejorar la coordinación y eficacia del Programa, así como para ampliar la participación dentro del Programa a otras ONG y a los sectores más directamente implicados en esta problemática.

En la última reunión del Programa Antídoto celebrada en Cáceres el pasado día 26 de mayo se adelantó mucho trabajo en este sentido y se acordó impulsarlo en tres direcciones muy concretas: denuncias y personaciones ante los órganos judiciales y administrativos, concienciación dirigida a los sectores implicados en el uso del veneno e impulso de la actuaciones de vigilancia y control de las administraciones ambientales en el marco de planes de acción autonómicos y de la estrategia nacional.

En la reunión de Cáceres se estableció además una línea de colaboración más directa con el Programa Antídoto-Portugal, cuyos miembros asistieron. Conviene recordar que la situación del uso ilegal del veneno en zonas aledañas de Portugal es muy preocupante, ya que allí todavía está muy extendido el uso de un veneno muy peligroso como es la estricnina. Algunas de las especies amenazadas como el Águila Imperial Ibérica y el Buitre Negro se encuentran en proceso de recolonización en Portugal, y resulta fundamental asegurar que el veneno no lo impida.

Otra de las acciones que se propone llevar a cabo el Programa Antídoto es llevar sus reuniones de coordinación de forma itinerante por todas las Comunidades Autónomas, con el fin de fortalecer el diálogo y la coordinación entre las ONG de Antídoto y la Consejería de Medio Ambiente de cada territorio. En la cita de Cáceres se contó con la participación de la Junta de Extremadura, cuyos técnicos explicaron que la situación del veneno en esa Comunidad, no era tan grave en comparación con la de otras regiones españolas. No obstante, se está lejos de mantener un nivel de vigilancia y control efectivo sobre el problema y prueba de ello es que entre 1996 y 2004, se conocen 91 casos de envenenamiento que en una parte han afectado a numerosas especies protegidas y amenazadas, tales como el Águila Imperial, el Buitre Negro, el Alimoche, el Milano Real u otras. Los casos detectados que son sólo una mínima parte de los reales parecen vinculados a las actividades cinegéticas y ganaderas en zonas como la Sierra de San Pedro, Villuercas y el sur de la provincia de Badajoz.

Como cuestión esencial a abordar para hacer más eficaz la lucha contra el veneno, los miembros del Programa Antídoto han acordado asimismo instar a todas las Comunidades Autónomas que participan en la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza a que den sin más demora el visto bueno a la aprobación de la ?Estrategia Nacional contra el uso ilegal de cebos envenenados en el medio natural?, documento que incluye todas las líneas necesarias de actuación que de forma coordinada deben acometer las Comunidades Autónomas y el Ministerio de Medio Ambiente con la participación, en su caso, de los sectores involucrados de la sociedad civil.

El Programa se crea en 1998 por ocho ONG preocupadas por el creciente número de casos de envenenamiento de especies protegidas de la fauna silvestre. Se concibe como una herramienta para ser empleada contra el uso ilegal de veneno, en particular, para facilitar la coordinación, difusión, denuncia y seguimiento de casos. El Programa colabora estrechamente con las administraciones públicas competentes en la conservación de la naturaleza y persecución de ilícitos relacionados con el uso de veneno bien a través del Grupo de Trabajo de Ecotoxicología (Ministerio de Medio Ambiente, Comunidades Autónomas, SEPRONA) o bien de forma directa sobre el terreno mediante rastreos y denuncias cuando es necesario. El Programa también está estableciendo líneas de colaboración con otras entidades que pueden aportar mucho en la lucha contra el uso de veneno como es el caso de la Real Federación Española de Caza.

ONG participantes en el Programa Antidoto: BVCF (Fundación para la Conservación del Buitre Negro), Ecologistas en Acción, FAPAS, Fundación Quebrantahuesos, GREFA, SECEM (Sociedad Española para la Conservación y Estudio de los Mamíferos), SEO/BirdLife, WWF/Adena

viernes, abril 25, 2003

miércoles, enero 01, 2003

Programa Antídoto

Cada año en los campos de la Península Ibérica se esparcen cebos impregnados de todo tipo de venenos. Personas sin escrúpulos utilizan sustancias tóxicas para eliminar animales que consideran perjudiciales a sus intereses. Con este método ilegal de caza se persigue fundamentalmente a los zorros, córvidos, perros y gatos en los cotos de caza, a los lobos, osos o incluso a los buitres en zonas ganaderas, a los topillos, ratones y pájaros en los cultivos, a las ratas en los vertederos. Sin embargo, no son sólo estas especies las que sufren las consecuencias de los envenenamientos, otras muchas especies, muchas de ellas protegidas, se alimentan también de los cebos ponzoñosos y mueren, muchas veces con gran sufrimiento. También, los venenos acaban afectando a las personas a través de la cadena trófica.

El uso de venenos para cazar o dar muerte a animales en la naturaleza es ilegal en España, de hecho, está catalogado como delito. Sin embargo, de un tiempo a esta parte ha crecido de forma espectacular ante la falta de medios de vigilancia ambiental y el escaso celo de las administraciones a la hora de perseguir este grave delito ambiental. Los envenenadores, por otra parte, refinan sus técnicas para no ser localizados a medida que se ven acosados por las campañas de sensibilización de las organizaciones ecologistas o cuando llega alguna noticia de una condena o una multa por colocación de venenos. Es cierto que las Administraciones ambientales y de justicia y el SEPRONA se están involucrando cada vez más en perseguir el uso de venenos, pero también lo es que su actuación es insuficiente y que los casos de envenenamiento siguen produciéndose casi diariamente.

Los datos oficiales del propio Ministerio de Medio Ambiente al respecto son dramáticamente espectaculares.

?Entre 1990 y 2001 se registraron 5.623 casos de envenenamiento. En total, en ese periodo de 1990-2001 se detectó un uso regular del veneno en 1.338 Términos Municipales de España, con 1.887 cotos, fincas o parajes identificados dentro de éstos

Las Comunidades Autónomas donde mayor número de animales envenenados han sido hallados son Andalucía y Castilla y León, sumando entre ambas el 55.3 % de los envenenamientos registrados. Las tres Comunidades que les siguen son Castilla La Mancha, Aragón y Baleares.

De los 404 lugares donde se encontraron cebos envenenados en el periodo 1990-2000, la mayoría (59.6 %) lo fueron en cotos de caza menor. A partir de la mitad de esa década, aunque en los cotos de caza se siguió colocando el mismo veneno de siempre, su porcentaje sobre el total disminuyó, hasta reducirse en el año 2001 al 28.4 % de los casos detectados, debido a que el uso de veneno aumentó de forma alarmante en la agricultura y la ganadería. En esta situación, el uso ilegal y generalizado de veneno amenaza con la extinción de varias especies protegidas e incluso podría originar por accidente alguna catástrofe de salud pública.

De los envenenamientos registrados -en los que se han excluido mortalidades producidas con especies urbanas- un total de 2.390 ejemplares (42.5 % del total) están incluidas en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas. Además de las especies del Catálogo Nacional, la mortalidad por envenenamiento de perros domésticos y asilvestrados es muy alta. En esta década, se han detectado 1.411 casos de envenenamientos de perros, con una frecuencia, distribución y tipo de veneno identificado similar a las especies del Catálogo.?

Para hacer frente al problema del veneno las organizaciones ecologistas nos hemos unido para actuar de forma decidida, constante y coordinada en el marco del PROGRAMA ANTÍDOTO.

Este programa se inició en el año 1998 y se encuentra ahora en su segunda fase de desarrollo. Además de Ecologistas en Acción se han incorporado a él como núcleo motor del mismo, WWF-Adena, SEO/BirdLife, Grefa, Fapas y Fundación para la Conservación y Protección del Buitre Negro. Otras muchas organizaciones colaboran o participan de acciones concretas de persecución del uso de venenos.

Las principales acciones del programa ANTIDOTO son:

? participar en la elaboración y desarrollo de las Estrategias Nacional y Regionales de Lucha contra el Uso de Venenos

? realizar estudios de campo y rastreos al objeto de detectar el uso de venenos en coordinación con Seprona y agentes medioambientales

? denunciar los casos tanto por la vía penal como por la administrativa

? campañas de sensibilización de la población en general y de los colectivos más directamente implicados en el uso de venenos

? Teléfono SOS veneno para avisos urgentes

? promover la mayor implicación de las instituciones locales, regionales, nacionales y europeas en la lucha contra el veneno

? desarrollar proyectos piloto para erradicar el veneno de nuestros campos.

Ecologistas en Acción desarrolla actuaciones particularmente relevantes en la lucha contra el veneno a escala estatal en dos de las Comunidades Autónomas con mayor problemática, Andalucía y Castilla-La Mancha. En Andalucía se esta desarrollando la segunda campaña regional contra el uso del veneno, en la que se trabaja prioritariamente la concienciación y la sensibilización de los colectivos implicados. En Castilla-La Mancha se desarrolla una intensa labor sobre el terreno en varias de las áreas más castigadas por este problema. Recientemente se ha conseguido la primera condena de un envenenador en la provincia de Toledo, en un caso que provocó la muerte de un buitre negro.

El 23 de septiembre de 2004 la Comisión Nacional de Protección de la Naturaleza (compuesta por los Directores Generales de las 17 Comunidades Autónomas y el Ministerio de Medio Ambiente) aprobó la ESTRATEGIA NACIONAL CONTRA EL USO ILEGAL DE CEBOS ENVENENADOS EN EL MEDIO NATURAL.

Si conoces un caso de uso de venenos llama al TELÉFONO GRATUITO "SOS VENENO": 900 71 31 82